Estimado conductor de vehículo, es importante tener las prevenciones necesarias al momento de estacionar su vehículo.

Por lo que recomendamos según el Artículo 181. De la ley y reglamento de tránsito:

  1. No estacionarse en contra de la vía del carril más próximo.
  2. No estacionarse a más de veinticinco centímetros del bordillo o banqueta correspondiente.

 

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